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– Por supuesto, míster Rojas, no se olvide que somos países aliados. Tengo todos los permisos necesarios del Ministerio y del CESID, pero no es mi intención interferir, tan sólo nos gustaría que el departamento encargado de las investigaciones, y usted como persona que las va a dirigir, nos tenga informados de los puntos de interés que vayan surgiendo.

– Me extrañaría que ustedes no tuvieran ninguna idea sobre lo ocurrido que puedan transmitirme.

– Le aseguro que no. Nuestro interés en el asunto es, digámoslo de esta manera, estrictamente humano. Era un compañero nuestro y lo han asesinado. Nos gustaría que se detuviera al culpable, no hay más misterio.

– ¿Y no podrían haberle asesinado por motivos relacionados con su pertenencia al Departamento de Estado, como decía el señor comisario?

– Nunca se puede estar completamente seguro -respondió Gómez con un ostensible encogimiento de hombros-, pero tenemos la sospecha razonable de que no hay relación alguna. Ya le he dicho que en los últimos años sus labores eran meramente burocráticas, y en la época en que estaba más activo, su ámbito de actuación era Sudamérica y, aunque en menor medida, Oriente Medio. No; pensamos, como creo que usted aceptará cuando lea los informes del comisario, que ha sido un desafortunado crimen común. Desgraciadamente, la violencia callejera no es patrimonio de mi país, como a veces se deja entrever en las películas, sino que se ha enseñoreado del mundo. Ha sido un placer conocerle, míster Rojas- acabó estrechándole con fuerza la mano -pero tengo que marcharme ya. En caso de necesidad puede ponerse en contacto conmigo a través del señor comisario.

– Bueno, Rojas, ya tienes un caso en el que lucirte -dijo el comisario después de que se hubiera marchado el agente de la CIA.

– Eso parece -contestó Rojas, sin mucha convicción-. Lo que no entiendo es para qué ha venido el yanqui. No ha dicho nada, se ha limitado a repetir que no están involucrados como organización y que su interés es meramente personal y humano. ¿Usted se lo cree?

– Yo ni creo ni dejo de creer nada de nada. Esta mañana recibí una orden del CESID, avalada por el propio ministro de Defensa en persona, para que atendiéramos al señor Gómez y le tuviéramos informado de nuestras indagaciones. Y eso es lo que harás, siempre bajo mis órdenes, por supuesto. No quiero más indisciplinas.

– Así lo haré, señor comisario, pero no me ha gustado el tío éste. Le repito que me ha producido una impresión bastante extraña. No nos ha dicho nada y cuando he querido obtener algún dato adicional, ha alegado que tenía prisa y me ha dejado con la palabra en la boca.

– Todos los datos adicionales que necesitas están aquí -contestó su jefe alargándole unas carpetas con el sello del Grupo de Homicidios-. Estudíatelo y ayer mejor que hoy ponte a trabajar.

DILIGENCIA INICIAL/ Se extiende en las Dependencias de la Brigada Regional de Policía Judicial, de la Jefatura Superior de Policía de Bilbao, siendo las tres horas veinte minutos del día 20 de septiembre de 1993, por los inspectores del Cuerpo Nacional de Policía, afectos a la precitada Brigada, titulares de los carnés profesionales números 14.009 y 14.099, que actúan respectivamente como instructor y secretario habilitados para la práctica de las presentes PARA HACER CONSTAR:

Que cuando estaban patrullando por el centro de Bilbao, por la calle Alameda de Urquijo junto a la Gran Vía, recibieron el aviso de que en el Puente de Deusto había una persona al parecer muerta.

Que personados en el lugar de los hechos, el pasadizo subterráneo que une el Parque de Doña Casilda Iturrízar con el citado puente, observaron tendido en el suelo, en posición decúbito supino, lo que parecía ser el cadáver de un hombre de edad avanzada, que vestía pantalón vaquero sin etiqueta identificativa alguna, camisa blanca con finas rayas rojas, jersey azul abierto de marca Lacoste y chamarra de cuero. En el suelo, junto a la víctima, se encontró una boina negra, en cuyo interior junto a un escudo del País Vasco se leía la inscripción «Basque House. Idaho».

Que, examinados los bolsillos del cadáver y sus pertenencias en general, no se halló documentación identificativa de ningún tipo ni tampoco dinero, por lo que se desconocen sus datos de filiación.

Que avisado el Juzgado de Guardia se personó a la una hora cuarenta minutos la Comisión Judicial, dictaminando el médico forense que, a expensas del resultado de la autopsia, la muerte se debía a un acto violento causado con arma blanca, ordenándose por el señor magistrado-juez de guardia el levantamiento del cadáver.

Que en el lugar de los hechos se encontraba un testigo presencial de los mismos, el cual a requerimiento nuestro accede a acompañarnos a las dependencias de esta Jefatura para declarar. Se trata de Ramón Muguruza Obieta, mayor de edad, con D.N.I. número 14.444.897, domiciliado en Bilbao, calle Heliodoro de la Torre, 5.

En virtud de todo lo expuesto, el señor instructor comisiona a los inspectores del Cuerpo Nacional de Policía adscritos al Grupo de Homicidios titulares de los carnés profesionales números 13.240 y 14.141, para que realicen cuantas gestiones sean necesarias para el total esclarecimiento de los hechos. CONSTE Y CERTIFICO.

COMPARECENCIA/ Siendo las cinco horas del día de la iniciación de las presentes, y ante la misma presencia, comparecen los inspectores comisionados en la diligencia inicial y MANIFIESTAN:

Que en el momento de la presente comparecencia ha finalizado la declaración del testigo mencionado en la presencia inicial, al cual, por no estar inculpado, no se le han leído los derechos prescritos en el artículo 520 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal, habiéndosele explicado que su declaración sería, en todo caso, voluntaria, accediendo a prestarla.

Que adjuntan la citada declaración y, no teniendo más que manifestar, firman esta comparecencia, una vez leída y encontrada conforme, en unión del señor instructor, de todo lo que como secretario CERTIFICO.

ACTA DE DECLARACIÓN/ Se extiende en las Dependencias de la Brigada Regional de Policía Judicial, siendo las cuatro horas del día 20 de septiembre de 1993, ante los inspectores del Cuerpo Nacional de Policía adscritos a la precitada Brigada, Grupo de Homicidios, titulares de los carnés profesionales números 13.240 y 14.141, que actúan, respectivamente, como instructor y secretario para la presente ACTA, se procede a oír en declaración a D. Ramón Muguruza Obieta, mayor de edad, con Documento Nacional de Identidad número 14.444.897, cuyos restantes datos de filiación son: nacido en Bilbao, el 2 de septiembre de 1946, casado, tornero, con domicilio en Bilbao, calle Heliodoro de la Torre nº 5, quien libre y voluntariamente MANIFIESTA:

Que más o menos a las doce de la noche cuando él iba caminando por el puente de Deusto para volver a su domicilio, por la acera que desemboca en la Universidad, si bien todavía muy cerca de la Alameda de Mazarredo, vio cerca del quiosco a un hombre de unos sesenta o setenta años, no precisando más ya que no es muy hábil para distinguir las edades, que caminaba en dirección Bilbao.

Que antes de que la persona citada bajara hacia las escaleras que conducen al parque, se le acercó un muchacho joven, de unos veinticinco años, moreno, de pelo largo, que se acercó y habló con él.

Que aunque es difícil asegurarlo por la distancia, piensa que seguramente le preguntó la hora, por el gesto de muñeca que hizo el hombre mayor, y que en ese momento el joven sacó un instrumento afilado, cuchillo o navaja, que introdujo en el cuerpo del otro hombre, cayéndose éste al suelo.

Que antes de salir corriendo pudo observar cómo el joven registraba el cuerpo del caído, quitándole una cartera, el reloj y algún que otro objeto personal que no puede precisar.

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