Que personados en el lugar de los hechos, el pasadizo subterráneo que une el Parque de Doña Casilda Iturrízar con el citado puente, observaron tendido en el suelo, en posición decúbito supino, lo que parecía ser el cadáver de un hombre de edad avanzada, que vestía pantalón vaquero sin etiqueta identificativa alguna, camisa blanca con finas rayas rojas, jersey azul abierto de marca Lacoste y chamarra de cuero. En el suelo, junto a la víctima, se encontró una boina negra, en cuyo interior junto a un escudo del País Vasco se leía la inscripción «Basque House. Idaho».
Que, examinados los bolsillos del cadáver y sus pertenencias en general, no se halló documentación identificativa de ningún tipo ni tampoco dinero, por lo que se desconocen sus datos de filiación.
Que avisado el Juzgado de Guardia se personó a la una hora cuarenta minutos la Comisión Judicial, dictaminando el médico forense que, a expensas del resultado de la autopsia, la muerte se debía a un acto violento causado con arma blanca, ordenándose por el señor magistrado-juez de guardia el levantamiento del cadáver.
Que en el lugar de los hechos se encontraba un testigo presencial de los mismos, el cual a requerimiento nuestro accede a acompañarnos a las dependencias de esta Jefatura para declarar. Se trata de Ramón Muguruza Obieta, mayor de edad, con D.N.I. número 14.444.897, domiciliado en Bilbao, calle Heliodoro de la Torre, 5.
En virtud de todo lo expuesto, el señor instructor comisiona a los inspectores del Cuerpo Nacional de Policía adscritos al Grupo de Homicidios titulares de los carnés profesionales números 13.240 y 14.141, para que realicen cuantas gestiones sean necesarias para el total esclarecimiento de los hechos. CONSTE Y CERTIFICO.
COMPARECENCIA/ Siendo las cinco horas del día de la iniciación de las presentes, y ante la misma presencia, comparecen los inspectores comisionados en la diligencia inicial y MANIFIESTAN:
Que en el momento de la presente comparecencia ha finalizado la declaración del testigo mencionado en la presencia inicial, al cual, por no estar inculpado, no se le han leído los derechos prescritos en el artículo 520 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal, habiéndosele explicado que su declaración sería, en todo caso, voluntaria, accediendo a prestarla.
Que adjuntan la citada declaración y, no teniendo más que manifestar, firman esta comparecencia, una vez leída y encontrada conforme, en unión del señor instructor, de todo lo que como secretario CERTIFICO.
ACTA DE DECLARACIÓN/ Se extiende en las Dependencias de la Brigada Regional de Policía Judicial, siendo las cuatro horas del día 20 de septiembre de 1993, ante los inspectores del Cuerpo Nacional de Policía adscritos a la precitada Brigada, Grupo de Homicidios, titulares de los carnés profesionales números 13.240 y 14.141, que actúan, respectivamente, como instructor y secretario para la presente ACTA, se procede a oír en declaración a D. Ramón Muguruza Obieta, mayor de edad, con Documento Nacional de Identidad número 14.444.897, cuyos restantes datos de filiación son: nacido en Bilbao, el 2 de septiembre de 1946, casado, tornero, con domicilio en Bilbao, calle Heliodoro de la Torre nº 5, quien libre y voluntariamente MANIFIESTA:
Que más o menos a las doce de la noche cuando él iba caminando por el puente de Deusto para volver a su domicilio, por la acera que desemboca en la Universidad, si bien todavía muy cerca de la Alameda de Mazarredo, vio cerca del quiosco a un hombre de unos sesenta o setenta años, no precisando más ya que no es muy hábil para distinguir las edades, que caminaba en dirección Bilbao.
Que antes de que la persona citada bajara hacia las escaleras que conducen al parque, se le acercó un muchacho joven, de unos veinticinco años, moreno, de pelo largo, que se acercó y habló con él.
Que aunque es difícil asegurarlo por la distancia, piensa que seguramente le preguntó la hora, por el gesto de muñeca que hizo el hombre mayor, y que en ese momento el joven sacó un instrumento afilado, cuchillo o navaja, que introdujo en el cuerpo del otro hombre, cayéndose éste al suelo.
Que antes de salir corriendo pudo observar cómo el joven registraba el cuerpo del caído, quitándole una cartera, el reloj y algún que otro objeto personal que no puede precisar.
Que lo último que vio fue cómo el joven cruzaba corriendo Máximo Aguirre para meterse por Juan de Ajuriaguerra, perdiéndole de vista.
Que cree que reconocería al joven, ya que se considera buen fisonomista, pero no está completamente seguro porque era de noche y había una buena distancia.
Que no tiene más que manifestar, firmándola en prueba de su conformidad, una vez leída esta su declaración, en unión del señor instructor, de todo lo que como secretario CERTIFICO.
DILIGENCIA/ Se extiende para hacer constar que habiendo sido examinados los archivos de esta Brigada por el testigo arriba epigrafiado, no reconoce ninguna de las fotografías que se le han mostrado como pertenecientes a la persona que mató a un hombre inidentificado en el Puente de Deusto. CONSTE Y CERTIFICO.
DILIGENCIA DE TERMINACIÓN Y REMISIÓN/ En este estado las presentes, y no habiendo otras de carácter urgente que practicar, se dan por concluidas a las cinco horas veinticuatro minutos de la fecha de su iniciación, remitiéndose las mismas al ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de Instrucción nº 3, remitiéndose asimismo copia de lo actuado al Ministerio Fiscal. CONSTE Y CERTIFICO.
TRANSCRIPCIÓN DE LA CONVERSACIÓN TELEFÓNICA DEL DÍA 3 DE OCTUBRE DE 1993 ENTRE EL INSPECTOR CON NÚMERO DE CARNÉ PROFESIONAL 13.240 Y EL TENIENTE DE LA POLICÍA DE BOISE (IDAHO) CLARK O'MALLEY
/ Se extiende por el inspector a que se refiere el título, para su unión provisional a las diligencias hasta la recepción oficial de la documentación pertinente. La traducción del idioma inglés en el que se ha realizado originalmente la conversación, la ha efectuado el propio inspector.
– ¿El señor Merino? ¿Inspector Merino? Soy Clark O'Malley, de la policía de Boise.
– Encantado de saludarle. Ha llamado más pronto de lo que esperaba.
– Es lo menos que podemos hacer entre compañeros. Además ha habido suerte, porque creo que hemos conseguido lo que usted nos pedía. Hoy mismo les enviaremos copia de toda la documentación que obra en nuestro poder, pero si lo prefiere le digo ahora, por teléfono, los datos más interesantes.
– Se lo agradecería enormemente.
– Para ser rápido, ya que andamos con problemas presupuestarios y el teléfono es caro, supongo que a ustedes les pasará lo mismo, querido amigo, tengo que admitir que fue bien fácil, gracias a la etiqueta del gorro que llevaba. Nos personamos en la Basque House de nuestra ciudad y, aunque no era residente, le reconocieron en seguida. Su nombre era Tomás Zubia, aunque tenía nacionalidad norteamericana, y había nacido en Bilbao el 4 de febrero de 1918. Estaba jubilado y había trabajado como profesor de español en un colegio privado de Nueva York, donde residía. Si quiere más datos se los puedo dar.
– No, gracias, por ahora no es necesario. Con esto es suficiente para empezar a trabajar. ¿Cuándo cree que nos llegará la documentación?
– Supongo que esta misma semana.
– En ese caso sólo me queda agradecerle sinceramente sus gestiones y ofrecerme por si necesita algo.
– No hay nada que agradecer, ya le he dicho que es lo menos que se puede hacer entre compañeros. Hasta la próxima y, como dicen en México, quede usted con Dios.
– Lo mismo le deseo y, de nuevo, gracias.
Cuando Rojas acabó de leer el expediente pensó que el comisario era un auténtico cabrón. Una oportunidad de lucimiento, había dicho. ¡Valiente oportunidad! No había nada que hacer. O efectivamente había sido un navajero, un macarra de mierda, o si había sido asesinado por motivos relacionados con su profesión, nunca conseguiría descubrirlo. Pero le habían ordenado encargarse del caso y obedecería las órdenes, con paciencia y disciplina; sobre todo, con mucha disciplina.